VASTA EXPERIENCIA APLICADA A SU NEGOCIO

Las Reimportaciones le permitirán a usted el re-ingreso de mercancías a territorio aduanero nacional una vez que estas hayan cumplido un lapso de tiempo fuera del país, por motivo previamente justificado ante la entidad aduanera y las cuales deben hacer efectivo el pago de tributos ante la entidad aduanera.
Entre algunas de las categorías permitidas se encuentran: Educativas, Culturales, Cumplimientos de Garantías, Reparaciones, Turísticas, Feriales, entre otras y que cumplido este espacio de tiempo, se convierte en mercancía nacional.

  • Factura Comercial con datos completos: Valor real del producto.
  • Descripción completa del producto.
  • Cantidad de unidades y Cajas y/o Bultos.
  • Documento que respalda el transporte de la carga: Guía Aérea, en caso de ser Transporte Aéreo.
  • B / L, en caso de ser Transporte Marítimo.
  • Carta de Porte / DTI, en caso de ser Transporte Terrestre.
  • Presentación de Garantía.
  • Documento que el Importador debe presentar ante la entidad aduanera, para indicar el motivo de la salida previa de la mercancía. Este documento da por terminada la garantía que el Importador debe presentar previamente al enviar la mercancía fuera del país y al mismo tiempo, confirma el ingreso de la mercancía al régimen de Importación Definitiva.